Preguntas más frecuentes
¿Que diferencia hay entre un seguro a terceros y un todo riesgo?
Básicamente el seguro a terceros cubre únicamente los daños que se provoquen a terceros perjudicados, si bien suelen incluirse garantías como Asistencia en Viaje y Accidentes para el conductor y/o los ocupantes.
El todo riesgo incluye todas las garantías opcionales como los Daños Propios, Incendio, Robo, Pérdida total, todo ello referido al vehículo.
¿En caso de daños personales de mi esposa en un accidente, quien responde de ellos?
Por la Ley de Responsabilidad Civil se cubren los daños personales de todos los ocupantes del vehículo asegurado hasta los límites del seguro obligatorio y en caso de superar estos, entra en juego la garantía complementaria ilimitada. Sólo quedan excluidos por Ley, los daños personales del conductor, por tanto la Compañía responderá de los daños personales de todos los ocupantes exceptuando el conductor.
¿Puedo contratar capitales distintos para conductor y ocupantes en Accidentes Corporales?
La garantía de Accidentes permite la contratación de capitales distintos para ocupantes y conductor, pudiendo elegir el capital que desee hasta 48.081 Euros.
¿Puede conducir mi vehículo mi hijo siendo yo el Tomador y Conductor habitual?
El conductor habitual declarado en póliza es la persona que determina las bases de tarificación del producto. En caso de siniestro, si el conductor es distinto al declarado, la Compañía queda facultada para aplicar una franquicia técnica a deducir de la indemnización que proceda.
¿Quedan cubiertos los daños provocados en el ejercicio de trabajos agrícolas para terceros?
Sí en el caso de que haya contratado la garantía de Responsabilidad Civil de trabajos. |